Mediante esta ley se declara de interés público la agricultura familiar, campesina e indígena por su contribución a la seguridad y soberanía alimentaria del pueblo, por practicar y promover sistemas de vida y de producción que preservan la biodiversidad y procesos sostenibles de transformación productiva.
La política busca generar un bienestar en las condiciones de vida de la ciudadanía mediante cinco pilares: Economía, competitividad y prosperidad, Desarrollo social, Gobernabilidad y seguridad en Desarrollo, Estado responsable, transparente y efectivo. Y, por último, relaciones con el mundo, además se trabaja de manera transversal para gestionar sosteniblemente el ambiente.
La Ley de Bosques establece que las provincias deberán realizar el ordenamiento territorial de sus bosques nativos (OTBN) a través de un proceso participativo, categoriza los usos posibles para las tierras boscosas: desde la conservación hasta la posibilidad de transformación para la agricultura, pasando por el uso sustentable del bosque.
El Decreto No. 32-2005 establece que la Seguridad Alimentaria y Nutricional se considera como una política integral de Estado, enmarcada dentro de las estrategias de reducción de la pobreza y en consonancia con las políticas globales, sectoriales y regionales, de acuerdo con la realidad nacional.
Los Lineamientos estratégicos de política pública para la Agricultura Campesina, Familiar y Comunitaria (ACFC) son un instrumento de política pública, de alcance nacional, cuyo objetivo es fortalecer las capacidades sociales, económicas y políticas de las familias, comunidades y organizaciones de ACFC, sobre la base de un desarrollo rural con enfoque territorial que mejore la sostenibilidad de la producción agropecuaria y genere bienestar y buen vivir de la población rural. El fortaleci...
Con el propósito de impulsar el desarrollo de la agricultura familiar y la economía campesina, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la Agencia Nacional de Desarrollo Rural (ADR), llevará a cabo un plan de riego y drenaje para garantizar el acceso al agua a pequeños productores.
Pretende reformar la estructura social agraria por medio de procedimientos enderezados a eliminar y prevenir la inequitativa concentración de la propiedad rústica o su fraccionamiento antieconómico; reconstruir adecuadas unidades de explotación en las zonas de minifundio y dotar de tierra a los que no las posean, con preferencia para quienes hayan de conducir directamente su explotación e incorporar a ésta su trabajo personal.
La Ley de Organizaciones Económicas Campesinas, Indígenas Originarias y de Organizaciones Económicas Comunitarias para la Integración de la Agricultura Familiar Sustentable y la Soberanía Alimentaria.
La presente Ley tiene como objetivo regular el proceso de la Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria para alcanzar la soberanía alimentaria, estableciendo las bases institucionales, políticas y mecanismos técnicos, tecnológicos y financieros para la producción, transformación y comercialización de productos agropecuarios y forestales. Esta ley involucra a diversos actores de la economía plural y prioriza la producción orgánica en armonía y equilibrio con los recursos naturales...
Crea la Intervención Temporal “Hambre Cero” con la finalidad de contribuir en la reducción de brechas de inseguridad alimentaria de manera focalizada, diferenciada y gradual, en beneficio de la población del ámbito urbano y rural en situación de vulnerabilidad como resultado de la propagación del COVID-19.