El Congreso argentino aprobó la Ley 27640, que dará al Gobierno la flexibilidad necesaria para reducir los porcentajes de mezcla de biocarburantes hasta un 9% para el bioetanol y un 3% para el biodiésel.
Mandato de Mezcla Obligatorio. De acuerdo con la resolución de incremento gradual 40294 de 2021, el 10% entró en validez a partir de enero 2022.
Mandato de Mezcla Obligatorio. Fundamentado bajo la Ley 27640, las autoridades se guardan el derecho a manejarlo entre el 3% y el 5%.
La Política tiene como principal objetivo impulsar el desarrollo agrario y rural del país, que incluya a la agricultura, ganadería, acuicultura, agroindustria y a la explotación forestal sostenible.
Las medidas y acciones buscan generar políticas para la reducción de emisiones por deforestación y degradación de bosques, restauración, conservación, uso sostenible de la biodiversidad y transformación productiva sostenible.
Se desprende del Programa de Bioproducto Argentina. Lo que busca es que se comercialice biomateriales y bioproductos producidos en el territorio nacional, y que tenga como destino tanto el mercado interno como el externo.
El objetivo es adoptar prácticas de prevención de riesgo, reducción de la vulnerabilidad y mejora de la adaptación al cambio climático, para que contribuya a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en el territorio, coadyuve a la mejora de la calidad de vida de sus habitantes y fortalezca su capacidad de incidencia en las negociaciones internacionales de cambio climático.
La Ley tiene por objeto establecer los principios, enfoques y disposiciones generales para coordinar, articular, ejecutar, reporter y difundir las políticas públicas para la gestión integral, participativa y transparente de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático, a fin de reducir la vulnerabilidad del país al cambio climático, aprovechar las oportunidades del crecimiento bajo en carbono y cumplir con los compromisos internacionales asumidos por el Estado ante la Conve...
Tiene el objetivo de comprender todas las actividades de elaboración, almacenaje, comercialización y mezcla de biocombustibles en el país y sus regulaciones correspondientes. Esta Ley también establece que el combustible líquido clasificado como nafta –conforme la normativa de calidad de combustibles vigente o la que en el futuro la reemplace– que se comercialice dentro del territorio nacional deberá contener un porcentaje obligatorio de bioetanol de doce por ciento (12%), en volumen, ...
Promueve el uso de biocombustibles en su presentación de biodiesel, bioetanol puro y mixtos.